BASES Y REGLAMENTO DEL 2º CONCURSO DE QUESOS de la REGION CENTRO PARA PYMES Pozo del Molle 2008
1. ORGANIZADORES
El presente concurso es organizado por FUNDACION POZO DEL MOLLE, TUTEUR S.A.C.I.F.I.A. Y SAMAL QUIMICA S.A. bajo la dirección técnica del INTI Lácteos y con el auspicio de la Municipalidad de Pozo del Molle, para ser desarrollado como parte de los festejos patronales en la Localidad de Pozo del Molle, Provincia de Córdoba, los días 4 y 5 de Septiembre.
El organizador se reserva el derecho de suspender temporal o definitivamente el desarrollo del concurso en caso de que por cuestiones ajenas a su voluntad se suspenda temporal o definitivamente la realización de los festejos.
2. DIRECCIÓN TÉCNICA DEL CONCURSO
El INTI Lácteos tendrá a su cargo la Dirección Técnica del concurso de Pozo del Molle siendo el responsable máximo de asegurar la transparencia y profesionalidad del mismo, desde el momento de la inscripción, realizando la verificación de la Documentación, convocatoria y nivelación del jurado, participación como Comisarios, desarrollo y análisis de resultados de la jura entrega de premios y toda actividad relacionada.
3. OBJETIVOS
•
Valorizar, promocionar y mejorar de la calidad de los quesos argentinos elaborados en la región centro.
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Mejorar la imagen y posicionamiento de los productos en el mercado, a través de la mejora de la calidad, y de la difusión de sus características sensoriales.
4. PARTICIPACIÓN Y ADMISIÓN
4.1. Podrán participar en el concurso personas físicas y/o jurídicas titulares de establecimientos elaboradores de quesos que realicen su inscripción a los efectos de participar en el concurso por medio del formulario de inscripción que contendrá los siguientes requisitos:
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Nombre de la sociedad o de la persona física participante
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Razón Social y Número de CUIT
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Nombre del representante o persona de contacto para recibir todas las comunicaciones a los efectos del desarrollo concurso.
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Teléfono, Fax, E-mail
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Domicilio comercial y del establecimiento
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RNE, RPE o RME (Registro Nacional, Provincial o Municipal de Establecimiento)
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RNPA, RPPA o RMPA (Registro Nacional, Provincial o Municipal de Producto Alimenticio)
4.2. Es condición esencial para la admisión en el concurso:
1. Que las empresas elaboradoras procesen como máximo 100.000 litros de leche por día, en las provincias de Santa Fe, Córdoba, Entre Ríos y Buenos Aires.
2. Que las empresas elaboren sus quesos en establecimientos habilitados por la autoridad competente, para lo cual deberán poseer RNE, RPE ó RME, y RNPA, RPPA o RMPA vigentes a la fecha del concurso.
3. Que los quesos correspondan a lotes destinados a la comercialización. Solo podrán participar hormas enteras (no pudiendo participar con trozos o cuñas), con una clara identificación del lote o una inequívoca identificación del mismo.
4. Determinar con precisión la o las categorías de producto en las que participará en el concurso.
5. Realizar a cada lote de queso a participar análisis de humedad (Según Norma FIL–IDF 4A:1982) y coliformes totales (Según Norma FIL-IDF 73A:1985). Los análisis podrán ser realizados en el INTI Lácteos (Sedes Buenos Aires o Rafaela) o en un laboratorio a elección del participante
con suficiente competencia técnica (mínimamente debe contar con acreditación ISO 17.025). Los costos de los análisis correrán por cuenta de las empresas participantes. En el informe debe figurar el número de lote del producto o una clara e inequívoca identificación del mismo. Los informes deben realizarse con suficiente anterioridad para contar con los resultados el día 3 de septiembre de 2008, pasado ésta fecha se considerarán fuera de concurso aquellos productos que no hubieren entregado el informe correspondiente.
6. Abonar el correspondiente derecho de inscripción de:
Participación con hasta 2 quesos $ 210 (por Unidad)
Queso/s adicional/es $ 160 (por Unidad)
4.3 Inscripción y Plazos
De acuerdo a lo establecido, los participantes deberán enviar sus solicitudes de inscripción y efectuar el pago del arancel correspondiente. Las inscripciones y los pagos serán recibidos hasta el día
22 de Agosto de 2008 hasta las 16:00 hs., plazo que se establece como fecha de cierre de inscripción.
Cada concursante deberá cumplimentar los siguientes requisitos:
1. Enviar la ficha de inscripción completa, una por cada queso presentado al concurso
2. Enviar copia del registro de establecimiento /RNE, RPE o RME)
3. Enviar copia del registro de cada producto (RNPA, RPPA o RMPA)
4. Abonar el pago correspondiente
5. Enviar informe original con los resultados de análisis descriptos en 4.2.5
6. Enviar (o coordinar la entrega/retiro con personal de SAMAL QUIMICA) la cantidad de hormas, por cada queso participante, de acuerdo a la siguientes consideraciones:
Peso de la horma comercial <500g 6 HORMAS
501g -1000g 4 HORMAS
1001g- <10kg 2 HORMAS
10kg- 50kg 2 HORMAS
Cantidad TOTAL de hormas(enteras) necesarias para el concurso*
6 4 2 2
*Las hormas enteras podrán ser solicitadas por los participantes, las hormas cortadas quedarán a disposición de los Organizadores.
Los documentos y los productos de la o las inscripciones correspondientes deberán ser remitidos personalmente o por correo a SAMAL QUIMICA o coordinar la entrega o retiro con el personal de la empresa mencionada.
Dirección: Bulevar Santa Fe 999, Alicia o a la sucursal de Villa María, Av. Perón 1509, Villa María, en el horario de 8:00 a 12:00 y de 15:00 a 19:00 hs.
Hasta el 3 de septiembre de 2008. .
Se detalla a continuación el resumen de ítems a entregar:
Hasta el 22 de agosto de 2008
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Ficha/s de inscripción
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Pago de arancel correspondiente
Hasta el 3 de septiembre de 2008
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Copia registro establecimiento
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Copia registro producto.
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Informe original de humedad ycoliformes totales.
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Entrega/retiro de productos
Por consultas dirigirse a:
Nicolás
E-Mail:
nicolas@tuteur.com.ar; Tel: (011) 4307-8085
Andrea
E-Mail:
samalquimica@cespalnet.com.ar; Tel: (03533) 49-6059/6082
Mauricio
E-Mail:
mauricio@tuteur.com.ar
Laura
E-Mail:
fundacion@coopmolle.com.ar; Tel: (03534) 83-0014
5. CATEGORIAS
Una vez concluido el plazo de inscripción establecido en el artículo 4 los participantes admitidos por el organizador serán incluidos en la nómina con indicación de las categorías en las que estos se encuentran inscriptos.
REQUISITOS
HUMEDAD
(Según Norma FIL-IDF4A:1982)
Recuento de Coliformes a 30ºC (Según Norma FILIDF 73A: 1985)
Cuartirolo, Cremoso, Port Salut o Saint Paulin Criollo
HUMEDAD entre 46,0 y 54,9% RECUENTO DE COLIFORMES Menor a 10.000 UFC/g
Mozzarella para pizza HUMEDAD Máximo 60,0% RECUENTO COLIFORMES Menor a 5.000 UFC/g
Camembert Bríe HUMEDAD entre 46,0 y 54,9% RECUENTO DE COLIFORMES Menor a 10.000 UFC/g
Azul HUMEDAD entre 36,0 y 54,9% RECUENTO DE COLIFORMES Menor a 5.000 UFC/g
Fontina o Colonia ,Pategrás o Gouda ,Holanda o Edam, Cheddar Sansoe, Fymbo o Mini Fymbo Danbo Tandil
HUMEDAD entre 36,0 y 45,9% RECUENTO DE COLIFORMES Menor a 5.000 UFC/g
Reggianito, Sbrinz Reggiano Parmesano Goya Romano Sardo Provolone
HUMEDAD menor a 35,9% p/p RECUENTO DE COLIFORMES Menor a 1.000 UFC/g
5 Otras Variedades Distintas variedades no amparadas en categorías anteriores Se clasificará por resultado de análisis según Cód. Alim. Arg. El límite se fijará de acuerdo a la humedad del queso y según Cód. Alim. Arg
5.1 El INTI Lácteos se reserva el derecho de eliminar, sustituir, modificar, dividir, ampliar y/o reagrupar del concurso cualquiera de las categorías de productos, en especial aquellas que no reúnan un mínimo de 2 participantes.
5.2 La categoría 5 agrupa a aquellos productos elaborados con leche de vaca no considerados en categorías anteriores (1 a 4), los mismos podrán ser reasignados a nuevas categorías o incluidos en las ya existentes, de acuerdo al criterio de la Dirección Técnica del Concurso.
6. CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN
6.1 Los quesos presentados a participar en el concurso deberán pertenecer a alguna de las categorías descriptas en el artículo 4, pudiendo la empresa presentar más de una variedad de queso por cada una de las categorías del concurso.
6.2 Los quesos deberán cumplir con las características de presentación descriptas en el Código Alimentario Argentino (CAA) para su tipo si las tuviera.
6.3 Cláusula de confidencialidad: La documentación presentada por la empresa será mantenida por el Organizador con carácter estrictamente confidencial, extendiéndose esa confidencialidad a las autoridades, profesionales y empleados de cualquier jerarquía del Organizador y los demás participantes, debiendo adoptar las medidas necesarias para que todas las personas observen y asuman esta obligación de confidencialidad comprometida.
6.4 La exclusión del participante con motivo del incumplimiento de las condiciones impuestas en los incisos 4.2. y 6.2 no dará derecho a solicitar la devolución del arancel de inscripción establecido en el punto 4.2.6
7. PROCESO DE SELECCIÓN DE LOS PARTICIPANTES
El INTI Lácteos llevará a cabo la revisión de la documentación presentada y selección de los participantes el día anterior a la evaluación sensorial de los quesos.
8. EL JURADO
8.1. Composición y designación.
Para el análisis sensorial de los productos, el INTI Lácteos conformará un Jurado que estará compuesto por al menos 6 jueces por categoría, supervisados por el Comisario General del concurso.
Cada miembro del Jurado tendrá derecho a voto, menos el Comisario que sólo votará en los casos expresamente establecidos en el presente reglamento.
Los miembros titulares del Jurado serán elegidos por el INTI Lácteos entre personas con entrenamiento en análisis sensorial de los quesos. Previamente al concurso se llevará a cabo un taller de nivelación para los jurados con el objetivo de armonizar criterios de evaluación.
El Organizador del concurso junto con el INTI Lácteos podrán establecer un cuerpo de Jurados suplentes que sustituyan a los designados como titulares, si estos resignaran de la designación o por cualquier otra razón se vieran impedidos de participar y/o ejercer las funciones de su cargo.
8.2. Funcionamiento del Jurado.
La evaluación y puntuación del Jurado es individual y secreta. Queda prohibido a los miembros del Jurado, deliberar o de cualquier otro modo influir en la decisión de otro de los miembros, así como simplemente adherir su evaluación al resultado de cualquier otro miembro del cuerpo. Queda exceptuado de la prohibición el Comisario que en ejercicio de sus funciones podrá ser consultado por el Jurado.
Las máximas y únicas autoridades sobre la aplicación de este reglamento del Concurso son el Organizador y el INTI Lácteos.
Todo reclamo deberá presentarse por escrito y firmado por el representante designado en la ficha de inscripción y será resuelto por el Organizador, el INTI Lácteos o el Comisario presente según la materia del mismo, cuyas resoluciones serán inapelables y definitivas.
9. EL COMISARIO
9.1 La designación del Comisario General del Concurso será establecida en conjunto entre el Organizador y el INTI Lácteos.
9.2 Las funciones del Comisario serán: asistir al jurado durante la evaluación sensorial de los quesos, decidir en caso de empates y participar en la evaluación de los resultados y asignación de premios.
Todo fallo o resolución emitido por el Jurado de carácter conflictivo o que dé lugar a dudas será resuelto por el Comisario del Concurso.
El Comisario General del concurso será la máxima autoridad competente durante la jura.
10. EVALUACIÓN SENSORIAL DE LOS QUESOS
10.1 La evaluación sensorial será realizada por los Jurados quienes actuarán, individualmente para el análisis sensorial de los productos, a realizarse el día 5 de Septiembre de 2008 en salón de la Cámara de Comercio de Pozo del Molle
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10.2 El procedimiento de evaluación, se hará de acuerdo a la metodología implementada por el Laboratorio de Análisis Sensorial del INTI Lácteos, la cual incluye las planillas de jura a utilizar. Los quesos serán clasificados, de acuerdo al Código Alimentario Argentino, por su calidad de la siguiente forma:
Calidad Extra: aquellos que hayan sumado un mínimo de 93 puntos.
Calidad Primera: aquellos que hayan sumado entre 89 y 92 puntos.
Calidad Segunda: aquellos que hayan sumado entre 85 y 88 puntos.
Sin calificación de calidad: aquellos que hayan sumado menos de 85 puntos.
10.3 El Jurado cuenta con facultades para descartar de la evaluación cualquier producto participante que no logre reunir las condiciones mínimas aceptables en uno o más aspectos sometidos a evaluación.
10.4 El resultado de la evaluación estará dado por el mayor puntaje promedio obtenido por cada producto, alcanzándose el resultado definitivo y asignando los premios acordados para este concurso según el siguiente criterio:
Al queso que habiendo cumplido con los requisitos de puntuación para la Calidad Extra establecidos en el apartado 10.2, haya obtenido el mayor puntaje dentro de la categoría se le asignará el Certificado
Medalla de Oro 2º Concurso de Quesos de la Región Centro, Pozo del Molle 2008.
Al queso que habiendo cumplido con los requisitos de puntuación para la Calidad Extra o Primera establecidos en el apartado 10.2, haya obtenido el segundo puntaje dentro de la categoría se le asignará el Certificado Medalla de Plata 2º Concurso de Quesos de la Región Centro, Pozo del Molle 2008.
Al queso que habiendo cumplido con los requisitos de puntuación para la Calidad Extra, Primera o Segunda establecidos en el apartado 10.2, haya obtenido el tercer puntaje dentro de la categoría se le asignará el Certificado
Medalla de Bronce 2º Concurso de Quesos de la Región Centro, Pozo del Molle 2007.
En todos los casos, si existiera un empate en el proceso de evaluación, el mismo será resuelto por el voto del Comisario General o por el jurado, para lo cual el INTI Lácteos se reserva el derecho de utilizar otra planilla u otra metodología de jura.
Una vez finalizado el análisis sensorial, el INTI Lácteos contabilizará las puntuaciones y junto con el Comisario General se procederá a la identificación de los quesos premiados.
Posteriormente a la evaluación de los resultados por parte del INTI Lácteos el Comisario General proclamará el premio
“QUESO DE LA REGION CENTRO -
POZO DEL MOLLE 2008”
valoración que se hará según el siguiente criterio: El queso que alcanzara el mayor puntaje de todas las categorías, aplicando los requisitos de puntuación establecidos en el apartado 10.2 y siendo dicho puntaje no inferior a 93 puntos, el Comisario General lo declarará “QUESO DE LA REGION CENTRO - POZO DEL MOLLE 2008”. En caso, de no cumplirse estos requisitos se declarará desierta dicha declaración. Si existiera un empate entre dos o más quesos, el mismo será resuelto por el voto del Comisario General.
11. PREMIOS
11.1 Los galardonados podrán hacer mención del premio en sus acciones de promoción y publicidad, pero siempre haciendo referencia a la categoría, a la variedad de producto y en el marco del 2º Concurso de Quesos de la Región Centro, Pozo del Molle 2008
.
11.2 Los premios serán entregados por los Organizadores y la Dirección Técnica del concurso, el mismo día de la jura a quienes resulten ser representantes de los participantes de acuerdo a la ficha de inscripción.
Para el caso de ausencia de representante legitimado, el premio será conservado por el Organizador por el plazo de 60 días luego de lo cual si no fuere retirado por el participante perderá el derecho a reclamo.
CONDICIONES GENERALES
El 2º Concurso de Quesos de la Región Centro, Pozo del Molle 2008 se encuentra desarrollado y organizado por FUNDACION POZO DEL MOLLE, TUTEUR S.A.C.I.F.I.A. y/o SAMAL QUIMICA S.A., en adelante los Organizadores, quienes son los únicos responsables de la mecánica y control conforme lo estipulado en el presente
Reglamento.
El mismo y solo hecho de participar implica la plena aceptación de las presentes bases y de toda aclaración y/o modificación que pudiera hacer en su desarrollo.
Los Organizadores podrán, cuando se presenten situaciones no imputables a los Organizadores y no previstas en el Reglamento, modificar total o parcialmente, cualquiera de los puntos enunciados en este Reglamento, dando la debida comunicación y publicación a todos los participantes inscriptos en el concurso.
Los Organizadores no serán responsables por los daños y perjuicios que pudieran sufrir los ganadores o terceros con motivo y/u ocasión de la participación en el concurso y/o el uso de los premios declinando toda responsabilidad contractual y/o extracontractual
frente a los ganadores y/o acompañantes y/o sucesores lo que es aceptado incondicionalmente por cada uno de los participantes.
Ninguno de los premios incluye ninguna otra prestación o servicio no enunciado en este Reglamento.